lunes, 4 de diciembre de 2006

Caso Boll


CASO BOLL
El caso Boll


Decidido por la Corte Internacional de Justicia en 1958. La menor María Isabel Boll, de nacionalidad holandesa, con residencia habitual en Suecia, donde había nacido y residido desde su nacimiento, fue colocada por el Servicio Público de Menores de Suecia bajo el régimen de educación protectora a causa de la pretendida indignidad de su padre - tutor de la menor desde la muerte de su madre -, de acuerdo al párrafo a) del Art. 22 de la ley sueca sobre protección de la infancia y la juventud, del 6 de junio de 1924, conforme al cual el mencionado Servicio Público de Menores adoptaría medidas protectoras respecto de menores maltratados o expuestos a negligencia seria u otro peligro en relación con su salud física o moral. Entretanto, un tribunal de Holanda había organizado la tutela de la menor, según las leyes holandesas, relevando al padre de sus funciones y nombrando un nuevo tutor.

Al agotarse todos los recursos concedidos por el derecho sueco, para que fuese revisada la medida de protección dictada, y reafirmada como fuera la decisión por las instancias superiores de Suecia, el Gobierno de Holanda decidió llevar el asunto a la Corte Internacional de Justicia, por estimar que aquella decisión no estaba conforme con las disposiciones del Convenio de La Haya de 1902 para reglamentar la tutela de menores, el cual estaba vigente para ambos países.

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